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Declaración de la Presidencia en nombre de la Unión Europea con ocasión del X aniversario del Estatuto de Roma por el que se crea la Corte Penal Internacional

  • Fecha: 16.07.2008

1. El 17 de julio de 2008 celebramos el décimo aniversario de la adopción, en Roma,
del Estatuto de la Corte Penal Internacional (CPI). Hoy, la obligación de poner fin
a la impunidad de los crímenes más graves que conmocionan la conciencia de la
humanidad es cada vez más ampliamente aceptada en el seno de la comunidad
internacional. A este respecto, más de un centenar de Estados se han
comprometido específicamente a contribuir, en el marco del Estatuto de Roma, a
la prevención y represión de dichos crímenes. La obligación de rendir cuentas a
las víctimas y a la comunidad internacional en su conjunto es en la actualidad la
norma de Derecho.

2. La Unión Europea (UE) recuerda que el Estatuto de Roma es une contribución
esencial al mantenimiento de la paz y al fortalecimiento de la seguridad
internacional conforme a los objetivos y principios de la Carta de las Naciones
Unidas.

3. La CPI es una herramienta fundamental tanto para combatir la impunidad cuando
se cometen los crímenes más graves, los que atentan contra la propia esencia de la
humanidad, como para prevenir y disuadir del recurso a la violencia.

4. La CPI está hoy en condiciones de cumplir la misión para la que fue instituida:
107 Estados partes en el Estatuto de Roma, cuatro situaciones en las que se
recurre a la Corte, algunas de las cuales ya han dado lugar a procedimientos
judiciales, son realizaciones significativas para un tribunal reciente. La Corte ha
realizado progresos sustanciales en la ejecución de sus expedientes desde la
entrada en vigor del Estatuto de Roma en 2002 y trata actualmente cuestiones de
procedimiento de la mayor importancia para su funcionamiento futuro.

5. La UE y sus Estados miembros siguen comprometidos en promover la
universalidad del Estatuto de Roma y en proteger su integridad. Invitamos a todos
los Estados que no son parte a que se sumen a la celebración del décimo
aniversario de la CPI ratificando el Estatuto de Roma lo antes posible.

6. Es esencial una cooperación eficaz con la CPI a fin de que ésta pueda cumplir su
misión. Los esfuerzos de la CPI deben verse sostenidos por un apoyo político y
diplomático decidido de todos los Estados a fin de que obtenga toda la
cooperación que precisa para funcionar eficazmente, que las personas objeto de
mandatos de detención sean entregadas y que se haga justicia. La UE se
compromete a hacer cuanto esté en su mano para apoyar a la Corte y ayudar a que
todos los mandatos de detención se ejecuten rápidamente.

7. La cooperación con la CPI supone también que los Estados dispongan de un
sistema judicial que les permita en primer lugar perseguir y juzgar a aquellos que
hayan cometido en su territorio los crímenes más graves. La CPI es un
componente de un orden penal internacional. La UE está convencida de que la
aplicación efectiva del principio de complementariedad es una condición
necesaria para la realización de los objetivos que persigue la CPI.

8. La UE y sus Estados miembros se sienten especialmente preocupados por las
víctimas de los crímenes más graves, y a este respecto acogen con satisfacción el
trabajo emprendido por la CPI y el Fondo de ayuda a las víctimas vinculado a este
tribunal, así como por todas las ONG comprometidas en la ayuda y asistencia a las
víctimas.

9. La UE sigue convencida de que la paz y la justicia no son objetivos
contradictorios. Al contrario, una paz duradera no puede conseguirse si no reciben
una respuesta adecuada las peticiones de la responsabilidad individual para los
crímenes internacionales más graves. La paz y la justicia son dos componentes
necesarios de una única solución. Con arreglo a los principios directores sobre la
impunidad elaborados en el marco de las Naciones Unidas, no puede haber
amnistía para los crímenes más graves.

10. La UE seguirá utilizando todos los instrumentos a su disposición para promover a
la CPI en sus políticas y los principios de la justicia penal internacional. A tal fin,
integrará a la CPI en sus políticas, en particular en los ámbitos de la política de
desarrollo, prevención de conflictos, justicia, libertad y seguridad.

 

  • Última actualización: 23.12.2008
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