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Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores

Xavier Bertrand y Marie-Josée Jacobs, © Le Conseil de l'Union européenne Xavier Bertrand y Marie-Josée Jacobs © Le Conseil de l'Union européenne
  • Fecha: 02.10.2008
  • En: Luxemburgo

La primera reunión del Consejo de Empleo, Política Social, Sanidad y Consumidores (EPSSCO) bajo Presidencia francesa tendrá lugar el 2 de octubre de 2008 en Luxemburgo.

La reunión de los ministros competentes de los 27 Estados miembros se iniciará con un intercambio de impresiones acerca del informe provisional elaborado por la misión "flexiguridad".
El 14 de diciembre de 2007, el Consejo Europeo adoptó una serie de principios comunes sobre flexiguridad, previamente aprobados por el Consejo EPSSCO del 5 de diciembre.

Asimismo, el Consejo emplazó a los Estados miembros a tomar en consideración estos principios a la hora de elaborar y aplicar políticas nacionales destinadas a impulsar la flexiguridad. A petición del Consejo, la Comisión Europea lanzó la creación de una "Misión para la flexiguridad", que cuenta con la participación de interlocutores sociales y la colaboración de las Presidencias eslovena y francesa. El objetivo de esta misión, presidida por el senador francés Gérard Larcher, es favorecer la aplicación de los principios comunes por parte de los agentes que trabajan sobre el terreno. Su informe provisional, cuya versión final será presentada en el Consejo EPSSCO de los días 15 y 16 de diciembre, realizará un primer balance de las visitas efectuadas por la misión en Francia, Suecia, Finlandia, Polonia y España.

Los ministros proseguirán su trabajo con un debate de orientación acerca de la propuesta de directiva relativa a la aplicación del principio de igualdad de tratamiento en los ámbitos distintos al laboral, presentada por la Comisión Europea en el marco de la agenda social renovada.

La Comisión ha propuesto este nuevo texto con el fin de acabar con la discriminación directa e indirecta por razones de religión, convicción, discapacidad, edad u orientación sexual en el ámbito de la protección social, la asistencia sanitaria, la educación o el acceso a bienes y servicios.

Por último, en el ámbito de la protección social, los ministros tienen previsto alcanzar un acuerdo sobre el capítulo relativo a los accidentes laborales contenido en la propuesta de Reglamento sobre la coordinación de los sistemas nacionales de seguridad social. Dicho reglamento, instituido desde 1971, garantiza los derechos vinculados a los diferentes riesgos de la seguridad social al conjunto de personas aseguradas, así como a los miembros de sus familias, que se desplazan a un país distinto al de origen, facilitando así su movilidad. La normativa se está revisando actualmente con el fin de simplificar las normas existentes, con frecuencia complejas, y mejorar las relaciones entre los organismos de seguridad social y los usuarios. Un acuerdo sobre este capítulo completará el trabajo realizado hasta ahora. La mayoría de capítulos restantes contenidos en esta reglamentación han sido objeto de acuerdo en las reuniones precedentes del Consejo.

Resultados del evento

  • Última actualización: 23.12.2008
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